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martes, 13 de febrero de 2018

Derecho Romano Antiguo (Derecho quiritario)


                                     Derecho Romano Antiguo (Derecho quiritario)

El ius en un principio no estuvo escrito. Consistía en los denominados mores maiorum. Esta palabra sirve para hablar de las “viejas costumbres de los antepasados”, como criterios morales de virtud, que se respetaban estrictamente. Pero también para referirse a los “ritos” (palabra intercambiable con mores, y que aquí tomamos como “ritos jurídicos”).

Derecho Romano


Derecho Romano           

         Lo que se denomina “Derecho Romano” – en sentido propio- abarca el estudio de las instituciones jurídicas romanas que hacen al Derecho privado (ius privatum) consideradas desde la fundación de Roma (año 754 o 753 a.C) hasta la compilación realizada por el emperador Justiniano en el siglo VI d.C ,que se conoce con el nombre de Corpus Iuris Civis.
       
        Este sentido estricto de Derecho Romano no significo que finalizara luego de Justiniano. En la parte oriental del Imperio continuara su vigencia, no solo por escritos doctrinarios o recopilaciones. Esta labor en la “Segunda Roma” (La de Constantinopla, luego de la caída de la ciudad de Roma) durará hasta el saqueo de aquella urbe en el año 1453. A su vez, en la parte occidental, se prologará su vigencia, gracias a los nuevos estudios realizados por los Glosadores y los Postglosadores (siglo XII), convirtiéndose durante mucho tiempo en el Ius Commune de los pueblos europeos, e influyendo luego en la tarea de codificación emprendida en los tiempos modernos y actuales.




sábado, 29 de julio de 2017

Cyberbullying

Jean-Baptiste Pingault, profesor de psicopatología del desarrollo en el University College de Londres, dice que el cyberbullying tiene ciertos rasgos distintivos: "En la intimidación clásica uno tiene espacios seguros [lugares donde los matones no pueden ir, como el hogar], pero con cyberbullying, la tecnología es un enemigo, y los jóvenes todo el tiempo están constantemente expuestos a los riesgos".

          Él señala, también, que " el cyberbullying hace posible ser intimidado por personas que apenas conocen ". Gran parte del abuso en las redes sociales proviene de personas desconocidas.

Con el apoyo de MQ, la organización benéfica de salud mental,el doctor, Pingault está ahora a punto de iniciar un proyecto a gran escala que analiza los datos de tres estudios para evaluar el impacto a largo plazo de la intimidación tradicional y el acoso cibernético, con el objetivo de identificar factores de riesgo y crear una oportunidad temprana. intervención.


Las mujeres jóvenes son ahora un "grupo de alto riesgo"

Los medios sociales han cambiado todas nuestras vidas. Facebook cuenta ahora con 1.800 millones de usuarios activos - un cuarto de la población mundial. Pero tiene un impacto particular en la generación de jóvenes que han crecido con Internet, y para quienes sitios como Facebook e Instagram son parte de la vida cotidiana. La capacidad de escribir algo dañino sin ver la reacción de la otra persona significa que los medios sociales pueden convertirse rápidamente en un lugar hostil.

Sus efectos negativos pueden extenderse más allá de la intimidación. David Baker, psicólogo clínico en prácticas en la Universidad de Lancaster, analizó 30 estudios sobre la relación entre Facebook y la salud mental. Encontró que las personas que se comparaban con otros en línea eran más propensas a sentirse deprimidas, al igual que las personas que rumiaban sobre lo que habían visto. "Si pasas mucho tiempo pensando en lo que has visto mientras estás en línea, eso podría ser más probable que lleve a la depresión".


Pero aunque hay indicios de que los medios de comunicación social pueden tener un efecto negativo sobre la salud mental, no entendemos completamente el vínculo. En la investigación de Pingault  - parte de su estudio comparará gemelos idénticos, uno de los cuales ha sido intimidado en línea, mientras que el otro no. Si la intimidación tiene un impacto, dice, el gemelo intimidado será más probable que tenga problemas de salud mental a largo plazo que el otro gemelo.

      Está surgiendo evidencia del impacto de la intimidación en la salud mental, por otro lado, el profesor John Powell, investigador de salud pública en la Universidad de Oxford, ha llevado a cabo investigaciones sobre el apoyo que las redes sociales pueden ofrecer a las personas con enfermedades crónicas. Puede, dice, "ayudar a las personas que están aisladas socialmente a conectarse con otras personas con una enfermedad rara ayuda a estas a saber que no están solas, que hay otras personas que han pasado por esto y han mejorado ".

Ashleigh Ponder, de 17 años, estaría de acuerdo. Hace cinco años, desarrolló anorexia, pero después de compartir sus pensamientos en línea, encontró apoyo al leer los mensajes de la comunidad de recuperación de la anorexia en Instagram. Comenzó a crear sus propios mensajes, inicialmente privados, con fotos de lo que estaba comiendo todos los días.

Ahora, con 23.000 seguidores de Instagram, los posts de Ashleigh reflejan su compromiso de comer una dieta equilibrada, pero no extrema, y ​​ella toma el cuidado de no publicar nada que pueda ser perjudicial para los demás.

El uso de los medios sociales de esta manera para aumentar y vigilar el bienestar de la salud mental es algo que Becky Inkster, gerente senior de la red de neurociencia en psiquiatría de la Universidad de Cambridge, está interesada. Ha desarrollado un enfoque radicalmente nuevo para identificar a los jóvenes en riesgo de salud mental , Con el fin de intervenir para ayudarlos antes a fin de reducir la gravedad de los síntomas.

En este sentido, lo importante es el equilibrio, el uso desmedido de redes sociales o fundamentar nuestra autoestima en ellos es peligroso para nuestro bienestar psicologico. Lo recomendable es destinar poco tiempo a las redes y mas a compartir con las personas frente a frente.

En el caso de cyber Bullyng los padres deberían llevar un control de los sitios que frecuentan sus hijos menores, fomentar los canales de dialogo con el hijo, demostrarles que pueden confiar en uno para así en caso de ser atacados en las redes, ellos se sientan seguros y nos comenten sus problemas.

Si quieres mas información por el estilo, comenta y sigue al blog!!!

Fuente "the guardian" 

jueves, 13 de julio de 2017

LEGITIMA DEFENSA – TIPOS – DERECHO PENAL ARGENTINO PARTE GENERAL




Para empezar tenemos que comprender un concepto básico de la defensa legítima:

            Puede definirse como: “Reacción necesaria para evitar la lesión ilegitima, no provocada, de un bien jurídico, actual o inminentemente amenazado por la acción de un ser humano.” Textos legales argentinos hacen referencia a la defensa de los derechos propios o ajenos, comprendiéndolos a todos.

¿En que se fundamenta la impunidad?  La defensa legítima se fundamenta en que es una acción lícita, apoyada por la situación de necesidad y la colisión de derechos.
Su naturaleza jurídica: es una especie del estado de necesidad, puesto que trata de una situación de peligro para un bien jurídico que solo puede evitarse mediante lesión de otro bien jurídico. Es por lo tanto una CAUSA DE JUSTIFICACION.

Esa condición justificante de la defensa legítima  resulta muy clara cuando, con motivo de la necesidad de defensa, se lesiona la persona o los bienes de un tercero no agresor. Ej.: quien hiere a un tercero mediante uno de los disparos efectuados en legítima defensa.

                                                               Bienes defendibles
       
Según el Art 34, Inc 6 “el que obrare en defensa propia o de sus derechos, siempre que concurrieren las siguientes circunstancias:
         a)      Agresión ilegitima
         b)      Necesidad racional del medio empleado para impedirla o repelerla.
         c)       Falta de provocación suficiente por parte del que se defiende.
Se entenderá que concurren estas circunstancias respecto de aquel que durante la noche rechazare el escalamiento o fractura de los cercados, paredes o entradas de su casa, o departamento habitado o de sus dependencias, cualquiera que sea el daño ocasionado al agresor. Igualmente respecto de aquel que encontrare a un extraño dentro de su hogar, siempre que haya resistencia.”

Todos los bienes jurídicos pueden ser objeto de defensa legítima.

Inc 7 “ El que obrare en defensa de la persona o derechos de otro, siempre que concurran las circunstancias a y b del inciso anterior y en caso de haber precedido provocación suficiente por parte del agredido, la de que no haya participado en ella el tercero defensor.”
         La importancia del bien defendido debe ser proporcional al medio empleado para impedir o repeler la agresión, como lo reclama la ley.
         Soler sostiene que todo bien puede ser legítimamente defendido, si esa defensa se ejerce con la moderación que haga racional el medio empleado, con relación al ataque y a la calidad del bien defendido.

                                                        Agresión Ilegitima
           
          Jurídicamente agresión significa amenaza actual o inminente para el bien jurídico.
Una de las características de la legítima defensa, en relación con el estado de necesidad, es, precisamente, que la situación de peligro del bien jurídico debe ser la consecuencia de un obrar humano.

               a_ Sin embargo, no todo hecho humano da lugar a la defensa legítima, sino solamente el que reúne las características de la acción en sentido jurídico penal. Cuando el movimiento corporal responda a algunos de los supuestos de falta de acción, el agresor actúa como cosa y no le puede ser opuesta defensa legítima, si bien esta puede ser dirigida contra el tercero; el hipnotizador, por ejemplo, si se halla al alcance del agredido.

               b_ No hay  acción de defensa contra los peligros que resultan de las fuerzas de la naturaleza, de las cosas o de los animales, los que pueden dar lugar a estado de necesidad o plantear una situación de coacción, lo mismo que el movimiento humano que no constituye acción.

               c_ Cuando un animal es azuzado (enviado a atacar) por el hombre, es licita la defensa contra quien maneja el animal, si éste se encuentra en el  momento del ataque al alcance de los medios defensivos del atacado.
La agresión es ilegitima cuando se trata de una acción a la que el autor no tiene derecho, que el agredido no está obligado a soportar. No tiene que ser delito en sí misma, ni siquiera tentativa.
La agresión ilegitima es presupuesto ineludible de la legítima defensa y premisa o antecedente de las otras dos circunstancias requeridas. Así lo han declarado reiteradamente la doctrina y la jurisprudencia. Es también presupuesto indispensable del exceso.



sábado, 2 de julio de 2016

Concepto y Función del Derecho Penal

Concepto y Función del Derecho

Al derecho penal se le puede definir de varias formas, según el marco jurídico que lo contenga 
Como Parte del Ordenamiento Jurídico: es el conjunto de normas establecidas para regular los hechos punibles sus consecuencias jurídicas
Como integrante de las Ciencias Penales: es el estudio criminológico dogmático y particular de las normas que regulan los hechos punibles y sus consecuencias jurídicas.
  1. Derecho Penal y Bien Jurídico Protegido
Según Zafaroni la mayoría de las doctrinas actuales comparten la opinión que el derecho penal debe tutelar bienes jurídicos y valores ético-sociales conjuntamente
  1. Derecho Penal en Sentido objetivo y en sentido subjetivo
EL Derecho Penal en sentido objetivo es conocido como IUS POENALE, o conjunto de normas penales, mientras que en sentido subjetivo,  es entendido como el derecho de castigar que tiene el estado y es conocido como IUS PUNIENDI
  1. Derecho Penal Como medio de control social
El derecho penal es un medio de control social que tienen como finalidad obtener determinados comportamientos individuales  a través de la presión o influencia societaria
En la moderna criminología se distinguen los medios de control social formal e informal entre los primeros se ubica a la policía la justicia penal las cárceles etc., entre la última categoría encontramos a la familia a los grupos de amigos los gremios etc.
  1. Elementos del derecho penal el Hecho Punible y sus Sanciones
El Derecho Penal contiene dos componentes básicos los distintos hechos punibles (Crímenes y Delitos) y sus correspondientes consecuencias jurídicas que son las Sanciones penales (penas y medidas)
  1. La Dogmática Penal
Es el sistema que utiliza el derecho penal para interpretar los conceptos y para explicar los instrumentos que utilizan los juristas del derecho penal para aplicar las leyes penales al caso concreto, procurando la aplicación altamente objetiva del derecho vigente
  1. Criminología
Es la Disciplina científica que estudia el origen y desarrollo de la criminalidad con fines de la política criminal mientras el derecho penal estudia al hecho punible como comportamiento humano antagónico a las normas jurídicas cuya trasgresión es sancionada  coactivamente, mientras la criminología estudia el mismo hecho como un fenómeno social realizado por el hombre influenciado por una compleja interacción de causas diversas.
  1. Derecho Procesal penal
Es el conjunto de normas y principios jurídicos que regulan las actuaciones de los órganos estatales  de investigación y juzgamiento de los hechos punibles.
  1. Política Criminal
La política criminal se define como el conjunto sistematizado de criterios principios conforme a los cuales el estado organiza y estructura  el instrumento y medios de prevención y represión de la criminalidad.
  1. Penología
Es la ciencia que estudia la creación fundamento función, aplicación y ejecución de las sanciones penales especialmente a las penas privativas de libertad por ser estas la forma de sanción que afecta con mayor gravedad punitiva de los derechos de los ciudadanos
  1. Constitución Nacional y Derecho Penal

La constitución nacional establece el marco jurídico que debe regular no solo la actividad jurisdiccional sino también la reforma legislativa y sobre todo la aplicación del derecho positivo. El orden de prelación exige que las leyes se encuadren a los dispuesto por la normativa constitucional, por esta razón podemos confirmar la dependencia del derecho penal a la constitución nacional.

viernes, 1 de julio de 2016

EDMUND BURKE

EDMUND BURKE
Genuino irlandés, apasionado y vehemente. Historicista, laico imbuido en una gran pasión religiosa y protestante.

Nacido en Dublin 1729, padre abogado, protestante y adherido al partido Whing, su madre ferviente católica. Desde niño tendrá gran apego a la lectura, leerá con avidez poetas e historiadores clásicos, griegos y romanos y le atraerán los libros de caballería cultivando su imaginación. No fue un estudiante disciplinado. Se recibe de abogado pero no se dedica a la profesión, en aquel entonces muy lucrativa, sino a la vocación precoz de la literatura, quedando condenado a sufrir dificultades económicas. Se traslada a Londres, se casa y visita con frecuencia la cámara de los comunes. Logra una banca en el parlamento y su primer discurso sobre la situación americana le procura efusivas felicitaciones de sus correligionarios whings .

Cuatro grandes temas siembran su gran trayectoria parlamentaria.

-su permanencia predica por la limitación de los poderes del rey a quien no le guarda simpatía
-el gran cuestionamiento a la política colonialista de Inglaterra en la india y la severa censura a la conducta del conquistador ingles por su opresión inicua
-Sus frecuentes intervenciones alegando las impolíticas actitudes asumidas por Inglaterra frente a sus colonias americanas que justifican creciente rebeldía independentista.
A pesar de la actitud crítica de Burke de la política oficial no se alegra de la revolución que está produciéndose en Francia.

PENSAMIENTO POLÍTICO Y CONSTITUCIONAL DE BURKE

Comienza en 1790  con las reflexiones de Burke sobre la revolución francesa.
Es todo un manifiesto político, reivindica la historia como fuente de las instituciones políticas solidas y valiosas, condena las abstracciones en política, la deducción racional, las generalizaciones, la simplificación, lo que llama con insistencia “la metafísica” y la pasión por lo concreto, lo particular, por el respeto a las circunstancias de lugar y tiempo, por lo complejo, por la experiencia, por la tradición, en fin por lo histórico.

Sostiene que lo natural proviene de la historia, de las constantes de los permanentes, en cambio, lo artificial nace de la imaginación o de teorías sofisticadas.
Considera a la constitución como producto augusto de la historia, de la experiencia de los siglos cuya consistencia deriva en conservar lo que es adecuándola a lo que deviene, y su titulo de legitimidad lo confiere el tiempo continuo : la constitución inglesa es una constitución prescriptiva.
Reformar sin suprimir, cambiar sin trastornar, conservar mejorando, adaptar lo que es novedoso, tradición atemperada por la conveniencia, genuina continuidad histórica de lo político.
Sostendrá que fabricar un nuevo gobierno es un horror.

Atribuye a la razón histórica el asegurar un orden constitucional constante y legitimo un contrarrevolucionario, “la historia no admite fracturas y los que la violentan a la larga retroceden.”

Emmanuel Sieyes

Emmanuel Sieyes (Frejus, Francia- 1748) Familia de clase media, hondamente católica, orientado a la vida eclesiástica por presión paterna, era una vía de los jóvenes plebeyos de escalar socialmente, carecería siempre de vocación sacerdotal. Ávido lector de los filósofos Locke, Voltaire y los enciclopedistas gasta terminar su licenciatura en la soborna cuya tendencia escolástica lo aburre, mientras el espíritu del siglo ilustrado lo atrapa, la economía de Turgot y del Quesnay sobre el valor y el producto neto, y las abstracciones de Descartes y de Hobbes le contagian un marcado desprecio por la HISTORIA

Hará una ascendente carrera eclesiástica la cual le permite tomar contacto con las logias masónicas , al tiempo que alimenta su pasión anti aristocrática que lo acompañara durante su derrotero revolucionario. En 1786 es Comisario de la cámara soberana del clero de Paris y al año siguiente comienza el clima a favor de la convocatoria de los estados generales, la mecha que encendería el proceso revolucionario.

El parlamento le niega al Rey la potestad de establecer nuevos impuestos sino es con el consentimiento de la “nación” a través de la asamblea extraordinaria. Al final Luis XVI admite los concejos de su ministro Necker y pronunciara la convocatoria al expirar el año 88. Sieyes tiene 40 años, plena madurez intelectual, sus lecturas le procuran un modelo revolucionario, carece del don de la palabra pero sabe manejar los tiempos para irrumpir en la escena política, en los momentos decisivos, con la mayor energía y lucidez al tiempo que llamarse a silencio cuando es escuchado.

SU APORTE INTELECTUAL A LA REVOLUCIÓN

A fines de 1788 cuando parís vive una fiebre panfletaria que procuran la difusión de ideas transformadoras. Sieyes va a publicar dos grandes ensayos que lo catapultaran a la escena política. “ensayo sobre los privilegios” y “ ¿que es el tercer estado?”, son manifiestos revolucionarios escritos con un estilo sentencioso, con argumentación agresiva que responde y alimenta el clima transformador, y con el propósito de servir de linterna en el derrotero a emprender.

Si carece de oratoria fluida, posee en cambio la cualidad de elaborar frases contundentes y oportunas, por eso se lo ha llamado el ORÁCULO DE LA REVOLUCIÓN. Cuando en junio de 1789, el abate recién incorporado a las deliberaciones de un cuerpo que se debatían el la incertidumbre, crisis de identidad y padeciendo el boicot de la nobleza, alumbra con sus mociones que los poderes de todos los diputados sean tratado en común y no por cuerpos separados , que los diputados con poderes aprobados constituyan la asamblea nacional con su frase convocante “ ha llegado la hora, cortemos el cable” llamado a la revolución, ruptura con el antiguo régimen y cancelación de los estados generales. Cuando se cierra versalles para los revolucionarios y comienza la asamblea nacional a sesionar en el frontón de pelotas, Sieyes elabora la proclama revolucionaria: la asamblea nacional dará a Francia una constitución. Cuando el comisionado del rey lee la resolución declarando disuelta la asamblea nacional, se inicia la rebeldía frente al soberano, y es entonces cuando nuestro autor pronuncia las palabras decisivas de la revolución : “ Señores , somos hoy lo que eramos ayer ¡deliberemos!...

En menos de un mes las ideas revolucionarias prendieron: nación, constitución, sistema representativo.

Posee mal carácter, se llama a silencio filosófico, haciendo sentir su ausencia, MIRABEAU conociendo sus debilidades lo alaba llamándolo “mi querido maestro” y lo convoca a reingresar a la escena revolucionaria. Es necesario que mi audacia se reúna a vuestro valor y mi verbo a vuestra envidiable lógica.

Se produce una abolición de la monarquía y se ejecuta a a Luis XVI asumiendo la época del terror de Robespierre a la cabeza, en un clima de intrigas y con gran inestabilidad, se planteara una disyuntiva de hierro “ entre la anarquía legal y el gobierno personal”. Pronunciara otra de sus frases “ ha llegado la hora de la espada” Napoleon Bonaparte en complicidad con Sieyes, producirán un golpe de estado que termina con todo vestigio de régimen representativo. La revolución ha claudicado a favor del gobierno personal. Sieyes se encargara de redactar la constitución del consulado, con la supremacía absoluta de primer cónsul y con un preámbulo que es toda una confesión “ ciudadanos, la revolución ha finalizado” quien la abrió la clausura. Muere en 1836.

Su pensamiento político y constitucional. Si bien se lo llamo el Descartes de la política, esta convencido de la posibilidad cierta de ajustar la organización del estado a formulas y principios concebidos racionalmente a priori. En “ensayo sobre los privilegios” excluye a la nobleza en cuanto clase privilegiada como parte integrante de la nación. Dice que la nación es el conjunto de asociados sujetos a una ley común y representados por una misma legislatura: luego el privilegio importa ser dispensado de una ley común o gozar de un derecho exclusivo. Lo cual implica una sinrazón, una arbitrariedad contrario a la razón y a la nación misma regulada por un cuerpo común de leyes.

Luego en su famoso libelo ¿Qué es el tercer estado? El tercer estado es el estamento llano, el pueblo común, la clase común no manchada por privilegios, los estados generales era un órgano extraordinario del estado absoluto y estamental que el rey convocaba para resolver cuestiones fundamentales y vinculadas a los recursos del estado y estaba compuesto por los tres estamentos: 1° el clero 2° la nobleza 3° el estado llano o tercero integrado por el hombre común y a cuya cabeza se encontraba la burguesía comercial industrial recaudadora de impuestos, bancaria y todas las profesiones y oficios. El tercer estado entonces es la nación entera, es el todo… en tanto la clase noble es un pueblo aparte, un falso pueblo ,un parásito o una carga para la nación.

A partir de Sieyes el termino todo adquiere una connotación política. Cuando se habla de Todo se hace referencia a una estructura eminente, soberana, dentro del estado la cual ejerce , el poder originario que legitima a toda autoridad de gobierno.

Sieyes decía que la constitución inglesa no era buena y que no valía la pena imitarla en Francia. La revolución contra los abusos y los privilegios.

Así Sieyes postulo su pensamiento acerca de la constitución racionar normativa que contenía la forma constitucional del estado nación. Como sustantivo revolucionario del estado real absoluto, verdadero arsenal institucional que porto la revolución francesa de 1789.

Otras Obras

-Proemio a la constitución. Reconocimiento y exposición razonada de los derechos del hombre y el ciudadano.. y la teoría constitucional de Sieyes.